
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso la extensión del beneficio de pago a cuenta de contribuciones patronales para microempresas hasta diciembre de 2026.
La medida fue formalizada mediante la Resolución General N.º 5817/2026, que prorroga y amplía la vigencia del régimen que permite computar parte del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias como pago a cuenta de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
¿En qué consiste el beneficio?
El régimen establece que las microempresas pueden:
- Computar hasta el 30% del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias efectivamente ingresado.
- Aplicarlo como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales destinadas al SIPA.
Con esta prórroga, el beneficio resulta aplicable a los períodos devengados desde agosto de 2023 hasta diciembre de 2026, inclusive.
¿Quiénes pueden acceder?
El beneficio está dirigido exclusivamente a las microempresas, conforme a la definición establecida en el artículo 2° de la Ley N.º 24.467 y sus modificatorias. Para acceder, las empresas deben cumplir con los requisitos y condiciones previstos por ARCA en la Resolución General N.º 5405 y su normativa complementaria, cuya vigencia también se extiende durante todo 2026.
Trámite y aplicación del beneficio
La normativa dispone que la determinación nominativa de aportes y contribuciones a la seguridad social deberá realizarse a través del módulo “Declaración en Línea” (release 5 – versión 47), disponible en el sitio web de ARCA y accesible mediante Clave Fiscal. El cómputo del beneficio se efectúa directamente dentro del sistema autorizado por el organismo.
Vigencia
La Resolución General N.º 5817/2026 entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y es aplicable a la información correspondiente al período enero de 2026 y siguientes.