
Entra en vigencia el nuevo Plan Especial de Financiamiento impulsado por el Gobierno provincial. Esta herramienta está destinada a regularizar deudas de empresas y familias, ofreciendo hasta 36 cuotas y esquemas sin interés.
El programa permite regularizar deudas —incluyendo capital, intereses y multas— correspondientes a los siguientes tributos: Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario (Urbano y Rural), Patente Única sobre Vehículos, Sellos e Instituto Becario.
Esquemas de financiación según el tipo de contribuyente
El plan se divide en diferentes categorías para adaptarse a la capacidad de pago de cada sector:
- Plan A (Pequeños y medianos contribuyentes / Familias): Dirigido a pymes y a familias que no posean más de dos inmuebles o dos vehículos registrados. Ofrece hasta 12 cuotas sin interés. Para plazos mayores (entre 13 y 36 cuotas), se aplica una tasa mensual del 1,5%.
- Plan B (Contribuyentes que exceden el límite patrimonial del Plan A): Permite financiar hasta en 6 cuotas sin interés; de 7 a 12 cuotas con una tasa mensual del 0,5%; y hasta 36 cuotas con un interés del 2%.
- Plan C (Grandes contribuyentes): Contempla hasta 6 cuotas sin interés; planes de hasta 12 cuotas con una tasa del 0,75% mensual; y hasta 36 cuotas con un interés del 2,5% mensual.
- Plan D (Discusiones administrativas/judiciales o agentes de retención/percepción): Para este segmento, la financiación tiene un costo del 0,5% mensual en planes de hasta 6 cuotas; del 1,5% hasta 12 cuotas; y del 3% para plazos de hasta 36 meses.
- Plan E (Prestadores de discapacidad): Un esquema diferencial exclusivo para instituciones y prestadores de servicios asistenciales y de salud para personas con discapacidad, quienes podrán acceder a planes de hasta 36 cuotas con 0% de interés.
Requisitos y plazos de adhesión
La ventana para adherirse a esta moratoria permanecerá abierta durante 90 días. El trámite es netamente digital y debe gestionarse a través del portal oficial de la Provincia de Santa Fe.
Para concretar la adhesión, los contribuyentes deberán contar con CUIT, Clave Fiscal de ARCA y declarar una CBU bancaria, ya que las cuotas se abonarán mediante la modalidad de débito automático.